polítDe acuerdo con la Resolución 1542 del 1 de abril de 2025, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral fijó la fecha del 8 de marzo de 2026 para la realización de las consultas de los partidos, movimientos políticos y/o grupos significativos de ciudadanos para la toma de decisiones o escogencia de candidatos a la presidencia de la República, la Registraduría Nacional del Estado Civil estableció el calendario electoral para la realización de las consultas de aquellas agrupaciones que opten por este mecanismo.
Las organizaciones políticas tienen plazo hasta el próximo lunes, 8 de diciembre, para comunicar por escrito al Consejo Nacional Electoral su intención de realizar las consultas para la toma de sus decisiones o la escogencia de sus candidatos.
Los partidos, movimientos políticos y/o grupos significativos de ciudadanos podrán retractarse de su voluntad inicial de participar en las consultas hasta el 22 de diciembre.
El 27 de enero de 2026 finaliza el plazo para que aquellas colectividades que hayan solicitado la realización de consultas presenten las preguntas al Consejo Nacional Electoral. Este organismo se podrá pronunciar sobre dichas preguntas hasta el 6 de febrero de 2026.
Ese mismo día vence el término para que, en caso de que se solicite la realización de consultas para la escogencia de candidatos a la presidencia de la República, los precandidatos se postulen ante la Registraduría Nacional.
El registrador nacional del Estado Civil, Hernán Penagos, dio a conocer que solo habrá una tarjeta electoral para todas las consultas: “Todas las consultas se incluirán en una única tarjeta electoral. Hacer una tarjeta por organización política o coalición es un grave error porque estaríamos vulnerando el secreto del voto. Si una persona llega a la mesa de votación a pedir la tarjeta de una consulta en concreto está mostrando su orientación ideológica y eso viola el secreto del voto”.icos de 2026





